Corresponde a esta unidad desarrollar las actividades preventivas necesarias a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al Director, a los trabajadores, a sus representantes y a los órganos de representación especializados, de acuerdo a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Entre sus competencias, destacan el asesoramiento y apoyo al Instituto de Salud Carlos III en:
- El diseño, implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en el Organismo.
- La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley de PRL.
- La planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia.
- La información y formación de los trabajadores, dirigida a un mejor conocimiento, tanto del alcance real de los riesgos derivados del trabajo como de la forma de prevenirlos o evitarlos.
- La elaboración e implantación de los planes de emergencia de los distintos campus del Instituto de Salud Carlos III
- La promoción de la salud en los lugares de trabajo.